Las cláusulas abusivas en los contratos y letras diminutas que confunden y engañan a los compradores serán historia con el nuevo Estatuto del Consumidor. Además, términos como el de “aplican condiciones y restricciones” deberán ser bien explicados de forma expresa.
También se destaca que se acaban los asteriscos y las frases de doble sentido y todo debe ser expreso y no puede haber condiciones secretas para los consumidores. De igual manera, el usuario puede deshacer el negocio si no le conviene. No hay lugar a que los consumidores se beneficien más de la cuenta, ya que establece un plazo máximo de cinco días y el usuario debe devolver el producto tal cual se lo dieron.
Las anteriores son algunas novedades que trae La Ley 1480 de 2011 sancionada por el presidente Santos y que ya está rigiendo.
La Superintendencia de Industria y Comercio tiene como objetivo principal lograr que Colombia sea uno de los países a nivel mundial cuya legislación protege con firmeza a los consumidores.
Quienes incumplan podrían tener una sanción económica hasta de 1.000 millones de pesos, cuando el monto tope vigente antes era de 50 millones. También se puede ordenar el cierre del establecimiento de comercio. El organismo también puede prohibir, temporal o definitivamente, la producción o venta de un producto.
Bajo los argumentos anteriores… Con el Estatuto al Consumidor, ¿le llegó el ‘tate quieto’ a los comerciantes usureros?
Fuente: Actualicese.com
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